Rectificación del Tribunal Supremo en una estrecha votación

Compartir en:
fjrigjwwe9r1_articulos:cuerpo
Acuerdo cuando había cerrado el IBEX 35, después de dos jornadas, lunes 5 y martes 6, de intensas deliberaciones.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictaminó que sean los clientes quienes asuman finalmente el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados -impuesto sobre hipotecas-. El Tribunal Supremo corrige a la sección que innovó la doctrina y vuelve a la jurisprudencia anterior, favorable a las entidades bancarias.

Tras dos jornadas de deliberaciones el Tribunal Supremo no ha conseguido superar la fractura existente en la Sala, que conforman un total de 28 magistrados, y el fallo ha salido por 15 votos frente a 13.

Se han desestimado así los tres recursos presentados por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra resoluciones anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que fallaron a favor de las entidades bancarias.

Será el cliente quien abone el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) vinculado a la firma de una hipoteca. Se rectifica por lo tanto la reciente doctrina, dictada hace tres semanas, que imponía a la banca el pago de este gravamen.

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo volvió a la jurisprudencia que había estado vigente durante más de 20 años, y que fija que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) tiene que pagarlo el cliente.

Los jueces han estado reunidos y debatiendo durante más de 15 horas a lo largo de dos días en una deliberación que ha mostrado una fractura interna dentro del Tribunal Supremo

El pasado 18 de octubre, la Sala de lo Contencioso-administrativo determinó que serían los bancos y no los clientes quienes debían pagar el impuesto. Un día después, en una decisión insólita, el presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo, optó por frenar los recursos pendientes para volver a estudiar el caso. El pleno, que comenzó el lunes 5, ha tardado 2 días y unas 15 horas en adoptar un criterio definitivo. Supone volver a que el cliente sea el que pague. 
Compartir en: