Justicia de la Unión Europea se pronuncia sobre el registro de hora laboral

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció que los estados miembros de la UE deben obligar a los empresarios a implantar un sistema que permita computar la jornada laboral diaria.

"Sin un sistema que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador, no es posible determinar de manera objetiva y fiable el número de horas de trabajo efectivas ni su distribución en el tiempo, como tampoco el número de horas extraordinarias, lo que dificulta en extremo, cuando no imposibilita en la práctica, que los trabajadores logren hacer respetar sus derechos," alega la justicia europea.

Asimismo, defiende que "los Estados miembros deben imponer a los empresarios la obligación de implantar un sistema objetivo, fiable y accesible que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador." Eso sí, deja en manos de las capitales los criterios de aplicación del mismo tiendo en cuenta "las particularidades propias de cada sector" o el tamaño de las empresas.
 
La sentencia de la corte llega solo dos días después de la entrada en vigor de la legislación española que establece multas de entre 600 y 6.000 euros para las empresas que no pongan en marcha sistemas de cómputo de horas trabajadas.

La decisión de la corte responde a un caso español aunque previo a la nueva legislación, que enfrenta a Comisiones Obreras y Deutsche Bank. 
 
Ante esta situación, el Tribunal entiende que la única fórmula para controlar que los trabajadores cumplen el horario establecido es el registro diario de jornada. Este registro no va en contra de la aclamada flexibilidad en el empleo, ya que permite que la jornada de trabajo se desarrolle de la misma forma. Simplemente la empresa tiene que controlar ese tiempo de trabajo.
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