El nuevo método de cálculo de las pensiones en España, un gran beneficio a las mujeres trabajadoras. (Foto: Envato)

El método para calcular las pensiones en España beneficia a las mujeres

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El 1 de octubre de 2023, se implementa en España la modificación del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social, la cual fue aprobada con carácter de urgencia mediante el Real Decreto Ley 2/2023.

Este cambio equipara el trabajo a tiempo parcial al trabajo a tiempo completo, reduciendo la brecha de género y estableciendo un nuevo marco para la sostenibilidad del sistema público de pensiones.

Esta modificación fue impulsada por la doctrina derivada de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró la inconstitucionalidad y anulación del mencionado artículo. ¿La razón? Su impacto negativo en la cuantificación de las pensiones de trabajadores a tiempo parcial, en particular de las mujeres.

El artículo original establecía que los trabajadores a media jornada o tiempo parcial cotizaban solo medio día o de forma parcial por cada día de trabajo. En términos generales, esto significaba que un trabajador o trabajadora a media jornada o tiempo parcial tenía que laborar el doble o incluso más para alcanzar el mismo nivel de cotización y la misma cantidad de pensión que si trabajara a tiempo completo.

Esta disparidad de trato resultaba en una desigualdad, especialmente entre hombres y mujeres, ya que una gran proporción de los contratos a media jornada o tiempo parcial correspondían a mujeres (aproximadamente el 75% en el momento de la sentencia).

En su fallo de 2019, el Tribunal Constitucional tuvo en cuenta los dictámenes de la justicia europea relacionados con la implementación progresiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres. De esta manera, consideró que la distinción de trato entre trabajadores:

  • Era inadecuada desde la perspectiva de la igualdad de trato.

  • Era discriminatoria, ya que contravenía el artículo 14 de la Constitución española, que prohíbe cualquier tipo de discriminación por razón de género.


En última instancia, esta situación afectaba a la determinación de la cuantía de las pensiones, que eran significativamente más bajas para las mujeres trabajadoras a media jornada o tiempo parcial.

El Alto Tribunal determinó que no existía una justificación válida para establecer una diferencia de trato entre los trabajadores a tiempo completo y los que laboraban a media jornada o tiempo parcial en lo que respecta a la reducción de la base reguladora para los trabajadores a tiempo parcial basada en su menor base de cotización.

Esta discriminación no solo tenía un impacto negativo en el acceso a las pensiones para los trabajadores a tiempo parcial, sino que también afectaba de manera desproporcionada a las mujeres, como lo reflejaban los datos estadísticos.

El Tribunal concluyó que esta diferencia de trato:
Violaba el derecho a la igualdad entre los trabajadores a tiempo completo y los trabajadores a media jornada o tiempo parcial.

Provocaba una discriminación indirecta entre hombres y mujeres trabajadoras debido a su género.

La discriminación indirecta por razón de género se presenta cuando una disposición que parece neutral genera una desventaja particular para personas de un género específico, a menos que se pueda justificar objetivamente por una finalidad legítima, lo cual no era el caso en esta situación.

Tras la modificación, a partir del 1 de octubre de 2023, se considerarán los diferentes períodos en los que el trabajador o trabajadora haya estado empleado en un contrato, sin importar la duración de la jornada laboral en cada uno de ellos, a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para acceder a las pensiones de jubilación, incapacidad temporal y permanente, muerte y supervivencia, y nacimiento y cuidado de menor.

El tiempo cotizado a media jornada o tiempo parcial se contabilizará de manera completa. En otras palabras, la media jornada o tiempo parcial se tomará en cuenta como una jornada completa para efectos de cotización. Ya no será necesario trabajar el doble o más para alcanzar la misma pensión.

En consecuencia, esta modificación no solo busca igualar el trato entre trabajadores a tiempo completo y trabajadores a media jornada o tiempo parcial, sino que también, de manera explícita, pone fin a la brecha de género que se estaba produciendo entre hombres y mujeres al determinar la cuantía de sus pensiones de acuerdo con la legislación vigente.
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