¿Cuántos años tienen que trabajar los autónomos?. (Foto: Envato)

Cómo conseguir el 100% de la pensión siendo autónomo

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Conseguir una buena pensión al final de nuestra vida laboral es una de las obsesiones de los autónomos, y como no, de la gran mayoría de trabajadores en general. Sin embargo, los profesionales por cuenta propia tienen una serie de características y condicionantes que les hacen especiales. 

Es por ello que muchos se preguntan: ¿cuántos años tienen que trabajar los autónomos? En su propia página web explican que, con carácter general, la pensión de los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autonómos, se ciñe "a los mismos términos y condiciones" que la de los trabajadores por cuenta ajena. Para ellos, por lo tanto, habrá que tener en cuenta tanto los años trabajados como la base reguladora.

Así, para acceder a una pensión de jubilación los autónomos necesitarán, como mínimo, 15 años, el periodo obligatorio para la pensión mínima, del 50% de la base reguladora. Conforme vayan aumentando los años de cotización, se va teniendo derecho a un mayor porcentaje de la base reguladora. 

En 2021 (y 2022) se suma un 0,21% por cada uno de los siguientes 106 meses y un 0,19% durante otros 146, de forma que la cuantía máxima de la pensión, el 100% de la base reguladora, se puede obtener tras 36 años de cotización. 

En este aspecto, es un tramo que va aumentando de forma progresiva en un plan marcado por el Gobierno que pretende que en 2027 se necesite trabajar 37 años para optar al 100% de la base reguladora. Para ese año, la edad de jubilación será de 65 años cuando se trabajen al menos 38 años y seis meses y de 67 años para los que no lleguen a esa edad.

Por tanto, la duda está en cómo calcular la pensión de los autónomos. Todos estos requisitos son aplicables a los autónomos, al igual que la fórmula para determinar la base reguladora, que marcará la cantidad máxima que puede obtener. En 2021, será el resultado de dividir entre 336 la cuantía de las bases de cotización de los últimos 24 años, 288 meses (para 2022 se aumentarán el divisor y los años a 350 y 25, respectivamente). 

Aquí es donde entran en juego las diferencias con los trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos eligen sus propias bases de cotización (pueden cambiarlas hasta cuatro veces al año) por las que cotizan hasta un 30,3% a la Seguridad Social.

Es decir, para 2021 la base mínima es de 944,40 euros y la base máxima es de 4.070,10 euros, lo que implica pagos de un mínimo de 286 y un máximo de 1.232 euros. 

El problema reside aquí. La mayoría de los autónomos suele cotizar por la base mínima una gran parte de su tiempo de actividad, lo que provoca que su base reguladora pueda ser menor y su pensión, por lo tanto, inferior. Asimismo, los planes del Ministerio de Seguridad Social contemplan un nuevo sistema de hasta 13 tramos diferentes para que los autónomos coticen por sus ingresos reales. 

Aunque, es cierto que, las bases de cotización se pueden ir cambiando libremente, hay una serie de restricciones para los autónomos que tengan más de 47 años el 1 de enero de 2021. Solo los que tuviesen en diciembre de 2020 una base de al menos 2.052 euros mensuales podrán mantener esa libertad de elección, ya que los que cotizasen por menos solo podrán hacerlo a partir de ese momento hasta por 2.077,80 euros como máximo. 

Aquí es donde también entra en juego otra parte de la jubilación, más desconocida pero que puede conseguir un bocado extra.  Se trata de la jubilación demorada, que otorga determinados porcentajes extra de base reguladora por cada año cotizado más allá de la edad ordinaria de jubilación: 

-Un 2% por año trabajado extra para los trabajadores con menos de 25 años cotizados.

-Un 2,75% de más por año trabajado para los trabajadores de entre 25 y 37 años cotizados.

-Un 4% para los trabajadores con más de 37 años cotizados. 
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